AUTO DE TRIBUNAL SUPREMO DE 13 DE MAYO DE 2010
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por la parte contraria contra la sentencia dictada por el TSJPV que a su vez confirmaba la SJS 1 de San Sebastián, que condenó a la empresa a abonar a nuestro cliente el importe de 70.000 euros en concepto de indemnización por daños personales sufridos a consecuencia de enfermedad profesional consistente en una displasia medular de la que antes había derivado el reconocimiento de una incapacidad permanente y total para la profesión de analista de laboratorio y el recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad.